Pyme global: Misión Comercial directa a Panamá y Costa Rica

Ayudas Público 05/02/2026 0 83
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Plazo de presentación desde las 09:00 del 6 de febrero hasta las 14:00h del 16 de marzo 2026. Máximo 8 plazas.

Se ha publicado en el  DOGV, EXTRACTO de la convocatoria de 2 de febrero de 2026, de ayudas a pymes de la Comunitat Valenciana, en régimen de libre concurrencia, para promover su participación en la Misión Comercial Costa Rica y Panamá.

OBJETIVO

Realizar una prospección de ambos mercados y establecer contactos con los principales distribuidores en San José y Ciudad de Panamá, a través de agendas concertadas para reforzar las acciones de comercio bilateral con España.

SECTORES

  • Maquinaria, equipos industriales y componentes: Especialmente interesante en empresas que puedan ofrecer soluciones técnicas, equipos de automatización y mantenimiento, generación/eficiencia energética o producción industrial.

  • Tecnologías, ingeniería y construcción: equipamiento industrial, maquinaria técnica y soluciones para obras públicas e infraestructuras, así como consultoría (incluyendo energía, agua, transporte). Incluya energías renovables y eficiencia energética. 

  • Logística y servicios vinculados: Panamá como gran hub de distribución regional, demanda soluciones logísticas, embalaje, repackaging, software de logística y servicios asociados. Empresas españolas de servicios profesionales, consultoría de gestión, tecnologías de la información y soluciones digitales pueden aprovechar la tendencia de modernización empresarial en Panamá.

  • Agroalimentario: Especialmente relevante los productos gourmet, saludables o con valor añadido (organoléptico o funcional). Aceite de oliva, cítricos, preparados alimenticios y grasas vegetales. 

  • Productos farmacéuticos, químicos y de cuidado de la salud: Dado que Costa Rica es un centro regional para la industria de dispositivos médicos, hay oportunidades importantes en suministros, insumos y productos especializados.

  • Químicos y materiales plásticos relacionados con la industria.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

  • Ser una pequeña y mediana empresas, según la definición de pyme según la definición recogida en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión. Tienen la consideración de empresas las personas físicas y jurídicas que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud y que ejerzan una actividad económica.

  • Quedan excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro. Asimismo, quedan también excluidas las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores.

  • Estar dada de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas.

  • Ser una empresa industrial, comercial y/o de servicios de cualquier sección del IAE, sin perjuicio del pleno respeto a lo dispuesto por los Reglamentos o Directivas comunitarias especiales establecidos en el marco del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

  • Que tengan su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma Valenciana o de la demarcación territorial de las Cámaras de Comercio de la Comunidad Valenciana ,de conformidad con los datos recogidos en el censo. En el caso de que una empresa posea varias sedes o centros productivos. el centro destinatario y directamente beneficiario del Programa ha de estar ubicado en alguno de los municipios citados.

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. 

  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) Nº 651/2014.

  • Tener una cifra de negocio mínima de 100.000 € en el último ejercicio cerrado.

  • Cumplir la norma de minimis contenida en el Reglamento (UE) nº 2023/2831 de la Comisión.

  • Tener una plantilla media en 2025 de, al menos, 2 personsa empleadas por cuenta ajena.

AYUDA

La cuantía máxima de la ayuda por empresa beneficiaria asciende 2.349,72 euros, correspondiente al 60% de la cofinanciación de FEDER del importe los gastos detallados en este apartado, siendo el 40% restante aportado por la empresa beneficiaria, quien deberá a deberá contratar y prefinanciar dichos gastos.