Más información en neotec@cdti.es o en la web del CDTI
Las solicitudes se realizarán a través de la aplicación online de la sede electrónica del CDTI.
OBJETIVO
Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y
generación de conocimiento.
Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la
continuidad en el desarrollo de tecnologia.
¿QUIEN PUEDE SOLICITARLO?
i. Que pueda demostrar, mediante una evaluación realizada por un experto externo, que desarrollará, en un futuro previsible, productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica en su sector y que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial, o
ii. Cuyos costes de I+D representen un mínimo del 10 % del total de sus costes de explotación durante al menos uno de los tres años previos a la concesión de la ayuda o, si se trata de una empresa nueva sin historial financiero, según la auditoría del ejercicio fiscal en curso, de conformidad con la certificación de un auditor externo.
ACTUACIONES FINANCIABLES
Se excluyen proyectos cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia, las iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología, o aquellas que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo a medio ambiente.
TIPO DE AYUDA
Subvención de hasta el 70 % del presupuesto de la actuación (máximo de 250.000 € por beneficiario), y hasta el 85 % del presupuesto elegible si incluye la contratación laboral de al menos un doctor (importe máximo de 325.000 € por beneficiario).
Adicionalmente, la cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que hayan solicitado la formación prevista en la convocatoria y cumplan todos los requisitos indicados en la misma al respecto.
La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros, sin contar los gastos de formación previstos en la convocatoria.
Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales.