Se ha publicado las bases reguladoras para la campaña 2025 de promoción del pequeño comercio de los municipios afectados por la DANA.
OBJETIVO
Estimular el consumo a través del fomento de la compra física de las personas consumidoras en el comercio minorista, con el fin de apoyar al sector y paliar, en parte, las consecuencias económicas producidas que más gravemente afectaron al sector del comercio minorista.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
Los comercios en los municipios más gravemente afectados por la DANA de 29/10/2024 que se relacionan en el Anexo I del Convenio y se adhieran correctamente a través de la web y cuya actividad se corresponda con las siguientes agrupaciones de epígrafes del IAE:
Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios realizado en establecimientos. Excepto: Grupo 646 (comercio tabacos y artículos de fumador).
Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes. Excepto: epígrafe 652.1 de Farmacias (aunque sí se incluye el Epígrafe 652.2 de Parafarmacias) y el grupo 655 (Comercio de combustibles, carburantes y lubricantes).
Agrupación 97: Servicios personales. Excepto: epígrafe 973.2 (Máquinas automáticas, fotografías y fotocopiadoras).
Agrupación 66: Personas físicas o jurídicas legalmente constituidas que sean titulares de concesiones administrativas en los mercados municipales fijos, independientemente de la actividad que realicen. Excepto: grupo Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos).
Además, deberán cumplir también estos requisitos:
Ser una Pyme conforme a las normas de la UE (DOUE L-2003-80730).
El número de personas empleadas en el establecimiento comercial no será superior a 12 personas trabajadoras a jornada completa o
Los comercios que dispongan de varios establecimientos repartidos en los municipios relacionados en el Anexo I, no podrán tener más de 12 personas trabajadoras en cada uno de ellos, a jornada completa o equivalente.
Los comercios adheridos deberán presentar el justificante de la Agencia Tributaria de estar en situación de alta en alguno de los epígrafes de IAE admitidos en estos criterios base
La posesión de un teléfono móvil con conexión 4G u ordenador conectado a la red WiFi o internet ADSL.
Tener un dispositivo de cobro o TPV con banda para la lectura de las tarjetas, compatible con la tarjeta utilizada, es decir, TPV con un número de comercio de 9 dígitos.
Los comercios adheridos a esta iniciativa dispondrán de un cartel físico a la vista de las personas compradoras, el cual será facilitado por Cámara Valencia a través de la web habilitada al efecto.
CÓMO ADHERIRSE
A través de la web y deberán detallar los datos del establecimiento beneficiario:
Nombre y apellidos de la persona titular y datos de contacto (teléfono, email).
Nombre Comercial.
Razón social y CIF.
Dirección del establecimiento.
Teléfono de contacto, email, redes sociales.
Nº de Comercio / FUC (número de identificación del comercio), el cual tiene máximo 9 posiciones y está indicado en el TPV.
Aportación de certificado expedido por la Agencia Tributaria relativo al epígrafe del IAE comprendido entre las actividades indicadas en la Base 3, o documento que lo acredite.
Aceptación de las bases (en el modelo autorrellenable disponible para ello), como declaración responsable de cumplimiento de los requisitos establecidos para participar en la campaña.
Logo del comercio.
Asociación de Comerciantes a la que se encuentra adherido.
Una vez introducidos los datos, Cámara València verificará la idoneidad del establecimiento para la participación en la campaña y en caso de cumplimiento se aceptará como entidad beneficiaria al establecimiento.
¿CUANDO PODRÁ UTILIZAR LA CLIENTELA EL BONO?
Entre el 29 de septiembre y el 31 de diciembre de 2025.
RESOLUCIÓN DE CONSULTAS
En todo momento, con un horario comercial de 10:00 a 14:00h de lunes a viernes, los comercios adheridos a la campaña contarán con un soporte técnico de Cámara València a través de atención telefónica 960 901 124, así como del email bonocomerciodana@camaravalencia.com, que les facilitará apoyo en materia de canje de BONOS, así como cualquier otro requerimiento de ayuda que pueda precisar el establecimiento en el proceso de adhesión.