Se ha publicado la Ley Orgánica 10/2022 de 6 de septiembre de garantía integral de la libertad sexual (BOE 7/09/22), norma que regula los deberes de prevención y sensibilización en el ámbito laboral y equipara las víctimas de violencias sexuales a las víctimas de violencia de género o terrorismo y que amplia las obligaciones legales existentes para todas las empresas, con independencia de su tamaño, derivadas de la Ley Orgánica de Igualdad.
La norma, en lo que a aspectos laborales se refiere se vertebra en dos apartados:
1.- De prevención y sensibilización en el ámbito laboral. Así el artículo 12 de la LO obliga a las empresas a:
2.- Derechos laborales y de Seguridad Social de las víctimas de violencias sexuales, equiparándolas a las víctimas de violencia de género o de terrorismo. Así se modifica tanto el Estatuto de los Trabajadores (reducción de jornada, reordenación del tiempo de trabajo, ausencias retribuidas movilidad geográfica, suspensión de contratos, causa de extinción o causas de nulidad de los despidos) como la Ley General de la Seguridad Social ( desempleo, orfandad, cese de actividad...).
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