Con esta modificación se incorpora el concepto de mejora funcional en aquellos casos en los que la ayuda se destine a sustituir soluciones de digitalización ya adoptadas por la entidad beneficiaria.
Se amplía el número de entidades beneficiarias del bono digital, posibilitando que otros actores del ámbito económico (sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida) implementen la digitalización en el desempeño de las funciones de su actividad económica. A su vez, se delimitan aquellas personas o entidades que, dada su vinculación con los Agentes Digitalizadores Adheridos y las personas en situación de autoempleo, no podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en la citada Orden.
Se incluye al Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España como entidad colaboradora para aquellas tareas necesarias para la comprobación de determinados requisitos de los solicitantes de las ayudas del Programa Kit Digital, en los términos establecidos en su respectivo convenio.
En relación con las soluciones de digitalización a las que se destinan estas ayudas, se actualizan los conceptos no susceptibles de ayuda y de las categorías de soluciones de digitalización que se ofrecen a las entidades beneficiarias del programa.
El avance en la tecnología y los cambios normativos, especialmente en el ámbito tributario, recomiendan la mejora de las funcionalidades de las vigentes categorías de sitio web y presencia en internet, gestión de procesos y factura electrónica, así como una actualización del Catálogo de Soluciones de Digitalización con la inclusión de las siguientes nuevas categorías: presencia avanzada en internet y Marketplace.
Se mejora la definición de los plazos de ejecución, justificación y pago de las fases de prestación de la ayuda y de los diversos medios de firma empleados para la formalización de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización, especificando aquellos que son válidos en el ámbito de las relaciones del administrado con la Administración Pública a través de medios electrónicos.
Recordamos que la única Convocatoria abierta actualmente del KIT DIGITAL es la del SEGMENTO I: Resolución de Red.es por la que se convocan las ayudas destinadas a la digitalización de empresas de entre 10 y menos de 50 empleados. (BOE de 26/02/2022)
¿QUIÉN PUEDE INFORMARME SOBRE ESTAS AYUDAS?
Si desea solicitar mayor información sobre estas ayudas puede contactar con la Oficina Acelera Pyme de FEMEVAL:
Teléfono: 963719761 - Email: oap@femeval.es