Se ha publicado en el DOGV, RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2026, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas al impulso a la internacionalización de empresas exportadoras de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2026 y su Extracto.
OBJETIVO
Impulsar la internacionalización de las empresas exportadoras valencianas y la promoción de sus productos (bienes y/o servicios) para promover su crecimiento, consolidar su presencia en los mercados internacionales y mejorar su competitividad exterior.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
PYMES, excepto para las acciones orientadas al mercado estadounidense y las derivadas del conflicto de Irán, que se dirigen a todo tipo de empresas valencianas.
En el caso de EMPRESAS VINCULADAS, cuando las acciones apoyables sean para productos (bienes y/o servicios) con el mismo nombre comercial, solo una de ellas podrá solicitar las ayudas.
No se aceptarán operaciones con personas o entidades vinculadas a la empresa beneficiaria, entendiéndose como tales aquellas en las que concurra alguna de las circunstancias relacionadas en el punto 2 del artículo 68 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Las empresas vinculadas se considerarán una única empresa a efectos de la aplicación de la norma de minimis.
Las empresas beneficiarias deberán contar con productos (bienes y/o servicios) propios.
SE EXCLUYEN EXPRESAMENTE las empresas que ofrecen servicios de distribución o intermediación, excepto en el caso de que formen parte de un grupo empresarial y se trate de productos propios fabricados por una de las empresas del grupo.
NO se considerarán empresas beneficiarias las corporaciones, asociaciones, fundaciones y colegios profesionales.
ACCIONES APOYABLES
Tienen la consideración de acciones apoyables las realizadas entre el 1 de JUNIO de 2025 Y el 31 de MAYO de 2026 (ambos incluidos), siempre que queden debidamente descritas y justificadas en la memoria que ha de presentarse junto la solicitud.
Participación en certámenes feriales internacionales:
Participación, de forma agrupada o individual, en los certámenes feriales internacionales celebrados EN el ESTADO ESPAÑOL y reconocidos con este carácter por la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Participación, de forma agrupada o individual, en ferias internacionales que se celebren FUERA del Estado español.
Gastos de alojamiento y desplazamiento para la asistencia a las ferias contempladas en el apartado 1, así como a showrooms, congresos o similares, misiones comerciales organizadas por organismos públicos, entidades público-privadas o asociaciones empresariales, SIEMPRE QUE se realicen FUERA DE ESPAÑA.
Gastos relacionados directamente con las siguientes acciones de marketing para la ejecución del plan de internacionalización detallado en la memoria:
Publicidad en medios extranjeros, con un importe máximo de 20.000 €.
Material promocional para el mercado internacional (diseño, traducción e impresión), tanto en formato físico como digital, con un importe máximo de 20.000 €.
Servicios profesionales relacionados con el proceso de registro y vigilancia de marca u otros servicios de propiedad industrial fuera de España, a excepción de las tasas.
Gastos derivados del proceso de certificación, homologación y registro necesarios para la comercialización internacional de los productos y servicios, incluidas las tasas.
Gastos por nueva contratación de personal cualificado para ejecutar el plan de internacionalización de la empresa, con un importe máximo a solicitar por cada contratación de 40.000 €.
Gastos de consultoría estratégica, con un importe máximo a solicitar por cada tipo de consultoría de 5.000 €, debiendo presentar contrato e informe de resultados.
Gastos de gestión de trámites legales o administrativos ante autoridades americanas, necesarios para la operativa y consolidación en el mercado estadounidense.
Derivado del conflicto de Irán, gastos no corrientes e imprevisibles, asumidos por la empresa valenciana, con un importe máximo a solicitar de 20.000 euros. Las fechas de las facturas de estos gastos deberán ser posteriores al 1 de marzo de 2026.
Otros servicios y gastos directamente relacionados con la realización o participación en acciones de promoción internacional que permitan la captación y/o consolidación de clientela en el extranjero, no contempladas en los apartados anteriores, con un importe máximo a solicitar de 20.000 euros.
AYUDA
Estas ayudas podrán alcanzar hasta el 50% (IVA excluido).
Presupuesto máximo elegible por empresa: 100.000,00 euros.
La justificación de estas ayudas se realizará de acuerdo con la modalidad de CUENTA JUSTIFICATIVA con aportación de justificantes de gasto.
Acción enmarcada en el proyecto “MetalExport” presentado a la convocatoria 2025 de Planes de actuación de entidades gestoras de clústeres económicos e industriales de la Comunitat Valenciana, de la Consellería de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, con número de expediente asignado: EGCLUF/2025/3.
