Curso bonificable en base al crédito disponible de la empresa para participantes en régimen general.
A
cada trabajador/a para que reciba una formación teórica y práctica, suficiente y
adecuada, en materia preventiva.
Facilitar el cumplimiento de lo
establecido en el art.19 de la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales. Cumplir con la formación mínima
obligatoria en materia de prevención de riesgos laborales, según el Convenio
Estatal del Metal, para el personal en su oficio
específico. Y potenciar la cultura preventiva en los
lugares de trabajo.
PARTE
ESPECÍFICA:
En los siguientes riesgos y sus correspondientes
medidas preventivas:
Caídas a distinto nivel. Caídas al mismo nivel. Pisadas sobre objetos. Caídas de objetos en manipulación. Caída de objetos desprendidos. Golpes contra objetos móviles e inmóviles.
Riesgos derivados del uso de máquinas, herramientas y útiles.
Riesgos derivados de la manipulación manual de cargas. Sobreesfuerzos.
Riesgo de proyección de fragmentos o partículas.
Contactos con sustancias cáusticas o corrosivas.
Exposición a contaminantes químicos: inhalación o ingestión de sustancias nocivas.
Riegos derivados del uso de aparatos de aire comprimido.
Riesgos derivados del uso de puentes elevadores, y en su caso, trabajos en foso.
Riegos derivados de la soldadura.
Riesgos por contacto eléctrico. Riesgos en espacios confinados.
Exposición a ruido y vibraciones. Atropellos por vehículos. Atrapamientos por piezas metálicas o transmisiones.
Quemaduras por el motor. Atmósferas explosivas.
Nº DE REGISTRO DE ENTIDAD ACREDITADA:
M1109170022