Alta de comercios para el Bono comercio DANA

Ayudas P煤blico 11/09/2025 1 108
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PLAZO CERRADO 30/09/2025

Se ha publicado las bases reguladoras para la campaña 2025 de promoción del pequeño comercio de los municipios afectados por la DANA.

OBJETIVO

Estimular el consumo a través del fomento de la compra física de las personas consumidoras en el comercio minorista, con el fin de apoyar al sector y paliar, en parte, las consecuencias económicas producidas que más gravemente afectaron al sector del comercio minorista.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Los comercios en los municipios más gravemente afectados por la DANA de 29/10/2024 que se relacionan en el Anexo I del Convenio y se adhieran correctamente a través de la web y cuya actividad se corresponda con las siguientes agrupaciones de epígrafes del IAE:

  • Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios realizado en establecimientos. Excepto: Grupo 646 (comercio tabacos y artículos de fumador).

  • Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes. Excepto: epígrafe 652.1 de Farmacias (aunque sí se incluye el Epígrafe 652.2 de Parafarmacias) y el grupo 655 (Comercio de combustibles, carburantes y lubricantes).

  • Agrupación 97: Servicios personales. Excepto: epígrafe 973.2 (Máquinas automáticas, fotografías y fotocopiadoras).

  • Agrupación 66: Personas físicas o jurídicas legalmente constituidas que sean titulares de concesiones administrativas en los mercados municipales fijos, independientemente de la actividad que realicen. Excepto: grupo Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos).

Además, deberán cumplir también estos requisitos:

  • Ser una Pyme conforme a las normas de la UE (DOUE L-2003-80730).

  • El número de personas empleadas en el establecimiento comercial no será superior a 12 personas trabajadoras a jornada completa o

  • Los comercios que dispongan de varios establecimientos repartidos en los municipios relacionados en el Anexo I, no podrán tener más de 12 personas trabajadoras en cada uno de ellos, a jornada completa o equivalente.

  • Los comercios adheridos deberán presentar el justificante de la Agencia Tributaria de estar en situación de alta en alguno de los epígrafes de IAE admitidos en estos criterios base

  • La posesión de un teléfono móvil con conexión 4G u ordenador conectado a la red WiFi o internet ADSL.

  • Tener un dispositivo de cobro o TPV con banda para la lectura de las tarjetas, compatible con la tarjeta utilizada, es decir, TPV con un número de comercio de 9 dígitos.

Los  comercios  adheridos  a  esta iniciativa dispondrán de un cartel físico a la vista de las personas compradoras, el cual será facilitado por Cámara Valencia a través de la web habilitada al efecto.

CÓMO ADHERIRSE 

A través de la web y deberán detallar los datos del establecimiento beneficiario:

  • Nombre y apellidos de la persona titular y datos de contacto (teléfono, email).

  • Nombre Comercial.

  • Razón social y CIF.

  • Dirección del establecimiento.

  • Teléfono de contacto, email, redes sociales.

  • Nº de Comercio / FUC (número de identificación del comercio), el cual tiene máximo 9 posiciones y está indicado en el TPV.

  • Aportación de certificado expedido por la Agencia Tributaria relativo al epígrafe del IAE comprendido entre las actividades indicadas en la Base 3, o documento que lo acredite.

  • Aceptación de las bases (en el modelo autorrellenable disponible para ello), como declaración responsable de cumplimiento de los requisitos establecidos para participar en la campaña.

  • Logo del comercio.

  • Asociación de Comerciantes a la que se encuentra adherido.

Una vez introducidos los datos, Cámara València verificará la idoneidad del establecimiento para la participación en la campaña y en caso de cumplimiento se aceptará como entidad beneficiaria al establecimiento. 

¿CUANDO PODRÁ UTILIZAR LA CLIENTELA EL BONO?

Entre el 29 de septiembre y el 31 de diciembre de 2025.

RESOLUCIÓN DE CONSULTAS

En todo momento, con un horario comercial de 10:00 a 14:00h de lunes a viernes, los comercios adheridos a la campaña contarán con un soporte técnico de Cámara València a través de atención telefónica 960 901 124, así como del email bonocomerciodana@camaravalencia.com, que les facilitará apoyo en materia de canje de BONOS, así como cualquier otro requerimiento de ayuda que pueda precisar el establecimiento en el proceso de adhesión.