Curso bonificable en base al crédito disponible de la empresa para participantes en régimen general.
Autónomos/as y desempleados/as: 72 €
Personal de empresas asociadas en
régimen general: 79´20 €
Personal de empresas no asociadas: 100
€
A cada trabajador/a para que reciba una formación teórica y práctica,
suficiente y adecuada, en materia preventiva.
Facilitar el cumplimiento de lo establecido en el art.19 de la Ley
de Prevención de Riesgos Laborales.
Cumplir con la formación
mínima obligatoria en materia de prevención de riesgos laborales, según el
Convenio Estatal del Metal, para el personal en su oficio específico.
Y
potenciar la cultura preventiva en los lugares de trabajo.
PARTE
ESPECÍFICA: La formación preventiva
para los trabajos de soldadura y oxicorte incidirá, entre otros, en los
siguientes riesgos y en sus correspondientes medidas
preventivas: Definición de los
trabajos. Descripción de los
procedimientos y procesos seguros del trabajo del puesto de
trabajo. Técnicas preventivas
específicas. Aplicación del plan de
seguridad y salud en la tarea concreta. Evaluación e información específica de
riesgos. Riesgos específicos y
medidas preventivas. Protecciones colectivas
(colocación, usos y obligaciones y mantenimiento). Protecciones
individuales (colocación, usos y obligaciones y
mantenimiento). Medios auxiliares,
equipos y herramientas. Riesgos derivados del
uso de los medios auxiliares, equipos y herramientas empleados en la actividad
del oficio. Riesgos de caídas de
objetos pesados. Riesgo de golpes contra objetos. Riegos de incendio.
Riesgos de quemaduras. Riesgos por inhalación de humos y gases procedentes de la
soldadura. Riesgos de explosión en
la soldadura oxiacetilénica y corte por gas. Riesgos en piel y ojos
por exposición a la radiación. Estrés térmico Riesgos en atmósferas
explosivas. Riesgos de contactos eléctricos. Riesgos derivados de la
manipulación manual de cargas. Mantenimiento del equipo de
soldadura. Nº DE
REGISTRO DE ENTIDAD ACREDITADA: M1109170022