Se ha publicado en el DOGV la RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2026, de la Dirección General de Comercio, Artesanía y Consumo, por la que se efectúa la convocatoria de las ayudas en materia de comercio, artesanía y consumo para el ejercicio 2026 y su Extracto.
OBJETIVO
Incrementar la competitividad, la innovación y la sostenibiliadad de las pymes artesanas y sus productos.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLAS?
Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas descritas como pymes o micropymes, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia (quedan excluidas las actividades de reparación o mantenimiento):
Estar en posesión del documento de calificación artesana (DQA) actualizado debidamente y expedido por la Generalitat o documento equivalente emitido por una administración pública que acredite su condición artesana.
La inversión no podrá ser inferior a 2.000,00 euros.
Acciones realizadas del 1 de enero al 31 de octubre 2026 ambos incluidos.
AYUDA
De hasta el 50% con el límite de 30.000,00 euros por establecimiento o taller al que esté vincluada la actividad, en un plazo de 3 años, debiendo estar la inversión instalada y en uso en el correspondiente establecimiento artesano en el momento de su justificación.
En el caso de en que la persona artesana participe, y solicite apoyo para ello, en un certamen fuera del territorio español este límite será de 7500 euros.
Plazo de justificación finalizará el 9 de noviembre 2026 (incluido),debiendo estar la inversión instalada y en uso en el correspondiente establecimiento artesano en el momento de su justificación.