Ayudas al impulso a la internacionalización de pymes exportadoras de la Comunitat Valenciana

Ayudas Público 28/05/2025 0 252
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Plazo presentación del 6 de junio al 31 de julio 2025

Se ha publicado en el DOGV, RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2025, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas al Impulso a la internacionalización de pymes exportadoras de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2025.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Las pequeñas y medianas empresas y las agrupaciones de interés económico, con personalidad jurídica propia y domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana.

ACCIONES APOYABLES

Tienen la consideración de acciones apoyables las realizadas entre el 1 de JUNIO de 2024 Y el 31 de MAYO de 2025 (ambos incluidos), siempre que queden debidamente descritas y justificadas en la memoria que ha de presentarse junto a la solicitud.

En el caso de empresas afectadas por la DANA, solo podrán solicitar a través de esta convocatoria los gastos subvencionables desde el 1 de junio de 2024 al 31 de octubre de 2024, por tener una convocatoria específica para el resto del periodo subvencionable en esta convocatoria.

1. Participación en certámenes feriales internacionales:

1.1. Participación, de forma agrupada o individual, en los certámenes feriales internacionales celebrados en el estado español y reconocidos con este carácter por la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

1.2. Participación, de forma agrupada o individual, en ferias internacionales que se celebren FUERA del estado español.

2. Gastos de alojamiento y desplazamiento para la asistencia a las ferias contempladas en el apartado anterior, así como a showrooms, congresos o similares, misiones comerciales organizadas por organismos públicos, entidades público-privadas o asociaciones empresariales, siempre que se realicen fuera de España.

3. Gastos relacionados directamente con determinadas acciones de marketing para la ejecución del plan de promoción internacional detallado en la memoria, con un importe máximo de 30.000 euros.

3.1. Publicidad en medios extranjeros con un máximo de 30.000 €.

1.2. Material promocional para el mercado internacional (diseño, traducción e impresión) tanto en formato físico como digital, con un importe máximo de 30.000 €.

4. Servicios relacionados con el proceso de registro de marca y vigilancia u otros servicios de propiedad industrial fuera de España, a excepción de las tasas.

5. Servicios relacionados con el proceso de certificación, homologación y registro necesarios para la comercialización internacional de los productos.

6. Gastos por nueva contratación de personal cualificado, contratado para ejecutar el plan de promoción internacional de la empresa.

7. Otros servicios y gastos directamente relacionados con la realización o participación en acciones de promoción internacional, realizadas de forma virtual o presencial, para captación y /o consolidación de clientela en el extranjero.En este apartado se recogerán los gastos derivados de la realización del informe de revisión de la cuenta justificativa de la subvención, hasta un máximo de 600 euros.

AYUDA

Estas ayudas podrán alcanzar hasta el 70% (IVA excluido).

Presupuesto máximo elegible por empresa: 100.000,00 euros.

La presentación de la documentación justificativa se realizrá en el mismo momento de presentación de la solicitud.

La justificación de las ayudas se realizará mediante cuenta justificativa con aportación de informe de empresa auditora.