Impulso a la compra pública innovadora (CPI)

Ayudas Público 31/03/2026 1.079
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Plazo solicitudes desde el 1 de abril hasta las 14:00h del 23 de abril 2026

Se ha publicado en el DOGV, RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2026, de la Vicepresidencia Ejecutiva, por la que se convocan subvenciones en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación para la mejora del modelo productivo para los ejercicios 2026 a 2028 y su Extracto.

OBJETIVO 

Potenciar el desarrollo de mercados innovadores a través de la contratación pública, incentivar la compra pública innovadora desde el lado de la demanda del gestor público y desde el lado de la oferta, es decir, de las empresas, estimulándolas a participar y presentar ofertas innovadoras en los procesos de Compra Pública Innovadora (CPI).

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO? 

Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación

Empresas y organismos de investigación, con capacidad de proveer de soluciones tecnológicas a las administraciones, que vayan a presentarse a procesos de CPI de la Administración pública.

Deben disponer de sede social o centro de desarrollo de actividad ubicado en la Comunitat Valenciana

TIPOS DE PROYECTOS 

Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación

Desarrollo de la I+D requerida en un proceso de CPI y los costes necesarios para participar. 

Las entidades solicitantes deberán especificar el tipo y/o fases al que se presentan: consulta preliminar al mercado, diálogo competitivo, compra pública precomercial, compra pública de tecnología innovadora y/o asociación para la innovación.

El proyecto significará un nuevo desarrollo para la entidad solicitante y, por tanto, no realizado con anterioridad.
La ejecución de los proyectos deberá necesariamente plantearse con previsión de gasto durante las dos primeras anualidades y el presupuesto del proyecto deberá tener una distribución que cumpla la siguiente estructura de gasto:

  • El gasto previsto para 2026 no deberá ser superior al 50% del total del presupuesto.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación.

  • Gastos de personal, incluyendo salarios y cuotas de la Seguridad Social, empleado en centros de la Comunitat Valenciana, en la medida en que estén dedicados al desarrollo del proyecto. En caso de proyectos de I+D los gastos de personal podrán referirse a personal investigador, personal técnico y demás personal auxiliar. Se limita el coste horario del personal propio subvencionable a 50 euros/hora como máximo, y con las limitaciones establecidas en el resuelvo séptimo, apartado 5.

  • Gastos de contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación.

  • Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto. No se consideran gastos subvencionables aquellos consistentes en soporte de gestión para la presentación de la solicitud de subvención o para la justificación de la ejecución del proyecto.

  • Gastos de adquisición de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.

  • En caso de pyme, gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual derivados de la ejecució del proyecto.

  • Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto. Se excluye material de oficina y consumibles informáticos. 

  • Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto del proyecto. El coste máximo subvencionable del informe de auditoría será de 1.400 euros para cada entidad participante y por anualidad, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de subvención.

TIPO DE AYUDA

Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación.

Las intensidades máximas de subvención, establecidas como porcentaje sobre los costes subvencionables, son:

  • Grandes empresas: hasta el 50 de los gastos subvencionables en Investigación industrial y el 25 en desarrollo experimental.

  • Medianas empresas: hasta el 60 de los gastos subvencionables en Investigación industrial y el 35 en desarrollo experimental.

  • Pequeñas empresas: hasta el 70 de los gastos subvencionables en Investigación industrial y el 45 en desarrollo experimental.