PROTECCIÓN DE DATOS. Registro de viajeros y DNI en alojamientos: ¿qué se puede pedir y qué no?

Normativa y legislación Público 22/01/2026 62
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La obligación de identificar a los huéspedes existe, pero conviene distinguir entre recoger datos y copiar documentos

 

Según una nota informativa publicada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) el 17/06/2025, el Real Decreto 933/2021 (26 de octubre) exige a quienes prestan servicios de hospedaje registrar determinados datos personales antes de iniciar la prestación, pero no ampara solicitar ni conservar una copia del DNI o del pasaporte.

Claves de protección de datos (RGPD):

  • Minimización de datos (art. 5.1.c RGPD): una copia del DNI incorpora información que no es necesaria para la finalidad del registro (p. ej., fotografía, fecha de caducidad, número CAN u otros datos del documento).
  • Medio insuficiente: además, el DNI por sí solo no incluye toda la información que puede requerir el Anexo I del RD 933/2021, de modo que “guardar el DNI” no equivale a cumplir correctamente.

Caso AEPD: check-in online con imágenes y biometría (EXP202311801).

La AEPD ha confirmado este criterio en un procedimiento reciente: exigir a los huéspedes fotos de ambas caras del DNI y una selfie para verificación mediante tecnología biométrica en el check-in online se consideró una práctica contraria a la normativa, por vulnerar la minimización y por implicar un tratamiento ilegítimo de datos biométricos cuando no existe base legal clara o consentimiento explícito válido.

¿Cómo cumplir y verificar identidad sin copiar documentos?

  • Presencial: basta con una verificación visual del documento, sin almacenarlo.
  • Online: pueden emplearse mecanismos menos intrusivos, como certificado digital, verificación ligada al método de pago, o códigos de seguridad enviados por email/SMS (canales que suelen formar parte de los datos de contacto exigibles).

Recomendaciones prácticas desde SEBASTIÁ Abogados y Economistas para alojamientos:

  • Recoger solo los datos exigidos por el RD mediante formulario (presencial u online).
  • Evitar solicitar o almacenar imágenes del DNI/pasaporte salvo base jurídica clara y tratamiento proporcionado.
  • Definir y documentar el método de verificación, y aplicar medidas de seguridad y conservación coherentes.

📎 Nota completa AEPD: https://www.aepd.es/guias/nota-aepd-registro-hospedajes.pdf

Estas pautas buscan reducir riesgos, evitar sanciones y reforzar la confianza del cliente.

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