Aunque ambas medidas están relacionadas, afectan a obligaciones diferentes.
VeriFactu: aplazamiento anunciado a 2028
El Ministerio de Hacienda ha anunciado su intención de trasladar a octubre de 2028 las obligaciones de adaptación de los programas de facturación, para coordinarlas con la implantación de la factura electrónica para pymes y autónomos.
Factura electrónica: calendario de implantación
La Orden HAC/1028/2026, en vigor desde el 6 de octubre de 2026, inicia el cómputo de los plazos para la factura electrónica obligatoria en las operaciones entre empresas y profesionales afectadas:
|
Volumen de operaciones |
Fecha de aplicación |
|
Superior a 8 millones de euros |
6 de octubre de 2027 |
|
Hasta 8 millones de euros |
6 de octubre de 2028 |
|
|
|
Determinados contribuyentes del IRPF y entidades en atribución de rentas con un volumen de operaciones de hasta 8 millones dispondrán hasta el 6 de octubre de 2029 para comunicar los estados de las facturas recibidas. Este margen adicional no retrasa su obligación de emitir y recibir facturas electrónicas.
Cómo preparar la adaptación
Enviar únicamente un PDF no será suficiente: las facturas deberán utilizar un formato electrónico estructurado. Podrán emplearse plataformas privadas o la solución pública gratuita de la AEAT, y deberán atenderse las obligaciones de comunicación sobre el rechazo y el pago de las facturas.
Para las empresas asociadas a FEMEVAL, conviene revisar el programa de facturación y coordinar con su proveedor y asesoría las actualizaciones necesarias. Adaptar el software y cumplir con la factura electrónica son obligaciones distintas, por lo que la planificación debe contemplar ambos cambios.
En SEBASTIÁ Abogados y Economistas ayudan a las empresas a identificar los plazos que corresponden a su actividad y a preparar la adaptación.