Pyme innova

Ayudas P煤blico 04/05/2026 0 127
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Plazo solicitudes desde las 09:00h del 11 de mayo hasta las 14:00h del 15 de junio 2026

Se ha publicado en el DOGV EXTRACTO de la convocatoria pública de ayudas para el desarrollo de planes de implantación de soluciones innovadoras en el marco del programa Pyme innova

OBJETIVO

Impulsar la innovación, como herramienta competitiva clave en la estrategia de las pymes, así como maximizar las oportunidades que ofrece para mejorar la productividad y competitividad. 

 La resolución de las ayudas se realizará por orden de entrada.

¿EN QUÉ CONSISTE?

FASE I. Asesoramiento a la PYME – Diagnóstico Asistido en Innovación

En esta fase se realiza un diagnóstico asistido en materia de innovación a la empresa, que permite conocer el nivel de competitividad de la empresa, en su entorno económico y de mercado.

Para la ejecución de esta fase, Pyme Innova cuenta con una red de personas tutoras de innovación especializadas.

Esta fase es prefinanciada y cofinanciada por las Cámaras de Comercio.

El diagnóstico es totalmente gratuito para la empresa.

FASE 2. Implantación de Soluciones Innovadoras

Una vez finalizada la fase anterior, comienza la ejecución del Plan de Implantación, en la que se apoyará económicamente a las PYMES en la incorporación de soluciones y métodos de gestión de la innovación derivados de las recomendaciones efectuadas en el diagnóstico.

Durante esta fase, empresas proveedoras externas a las Cámaras realizan la implantación de las soluciones establecidas en el Diagnóstico. El importe máximo financiable es de 7.000 €, si bien las implantaciones pueden ser de mayor cantidad. El coste elegible asociado a la implantación de los planes de acción será variable en cada caso, fijándose un máximo de 7.490,00 € por empresa (7.000,00 € de coste directo + 7% de costes indirectos asociados).

Este importe será prefinanciado al 100% por la empresa, quien recibirá posteriormente una ayuda, conforme al porcentaje de cofinanciación de FEDER definido en la convocatoria de ayudas.

El plazo máximo para el desarrollo de la Fase II es de 6 meses.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO? 

  • Ser una pequeña y mediana empresa. Excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las uniones temporales de empresas (UTE), asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro, así como las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de personas autónomas societarias o autónomas colaboradoras.

  • Estar dada de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas en la actividad objeto de subvención antes del 1 de enero de 2024.

  • Tener una cifra de negocio mínima de 100.000 € en la última anualidad.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social

  • Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Valencia de conformidad con los datos recogidos en el censo.

  • No podrán participar en la Fase I de asesoramiento a través del Diagnóstico Asistido en Innovación aquellas empresas que hubieran realizado dicho diagnóstico con posterioridad al 31/12/2023. 

  • No podrán ser beneficiarias de la Fase II de implantación de soluciones innovadoras las empresas que hubieran resultado beneficiarias de esta fase en cualquier convocatoria anterior del Programa con posterioridad al 31/12/2023