En el BOP del día 26 de julio de 2021 se ha publicado el texto del Convenio Colectivo de COMERCIO del metal para la provincia de la Valencia para los ejercicios 2020-2022, así como las tablas salariales a aplicar en 2021 y se ha acordado que los atrasos generados desde el mes de enero 2021 se abonen por diferencias dentro de los tres meses siguientes a su publicación en el BOP
Entre los hitos consensuados, se incorpora una clasificación profesional actualizada conforme a los mandatos del Estatuto de los Trabajadores. Para FEMEVAL, representa una apuesta decidida por la profesionalización y modernización del sector más acorde a la realidad y nuevas demandas del mercado, dejando atrás una clasificación obsoleta, que asimismo determina la unificación del salario base y plus convenio actual en un solo concepto que se denominará salario grupo, estando las tablas salariales ya confeccionadas de esta manera.
Los incrementos salariales pactados en el convenio son del 0,3% para 2020 (sobre las tablas salariales de 2019 revisadas en el 0,2 resultante de la revisión salarial del anterior convenio). Este incremento salarial no genera efectos económicos para el ejercicio 2020 y solo sirve de base para el cálculo de las tablas 2021. El pactado para 2021 es del 1,3% para 2021 y del 1,5% para 2022, con una cláusula de revisión salarial en caso de que el IPC supere el 1,3% del incremento pactado para 2021, y del 1,5% para 2022 solo para el cálculo de las tablas del ejercicio siguiente.
Por otro lado, la patronal y los sindicatos han mostrado una especial sensibilidad y compromiso con la igualdad de género al trasladar el capítulo de igualdad al principio del convenio y adaptar el texto al lenguaje inclusivo.
Se crea una comisión de modernización para detectar las llamadas que las nuevas normativas sobre igualdad, teletrabajo y derechos digitales efectúa a la negociación colectiva y que puedan afectar al sector de comercio del metal.
Sobre la obligación del registro de jornada, se definen como preferentes los medios electrónicos y en su defecto manuales, permitiendo computar el inicio y fin de la jornada laboral diaria, de forma objetiva y fiable, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se pueda establecer.
Dispone de toda la información, así como el texto publicado en el BOP y las tablas para su consulta y/o descarga, en la página web del convenio