Ico crecimiento exportadores espa a crece

ICO Crecimiento exportadores España Crece

Ayudas Público 28/10/2026 0 224
  • |
  • |

Plazo solicitudes del 23 de octubre 2026 hasta 31 de diciembre 2028

Se ha publicado en el BOE Orden ECM/728/2026, de 13 de julio, por la que se aprueba la Estrategia de Inversión del programa España Crece y se establecen las orientaciones generales de política pública para su ejecución por el Instituto de Crédito Oficial.

IBJETIVO

Financiación directa para promover las inversiones y proyectos de pequeñas y medianas empresas afectadas directa o indirectamente por los cambios en el entorno arancelario global.

¿DONDE SOLICITARLO?

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Pequeñas y medianas empresas constituidas como sociedades mercantiles, con domicilio social o establecimiento de desarrollo de actividad en España, una antigüedad mínima de cuatro años, que cumplan la definición de PYME y que, además, sean empresas importadoras o exportadoras afectadas directa o indirectamente por los cambios en el entorno arancelario mundial de acuerdo con lo que determina el Documento de Condiciones Generales (DCG). En las operaciones de cofinanciación estructuradas con entidades financieras, también podrán ser beneficiarias sociedades con una antigüedad inferior a cuatro años.

Deberán tener las cuentas anuales de los dos últimos años auditadas. En caso de no tener la obligación de someter sus cuentas a auditoría externa, deberán someter voluntariamente a revisión los estados financieros de los dos ejercicios cerrados con anterioridad a la solicitud de financiación. 

No se requerirá la auditoría independiente de las cuentas anuales cuando la empresa:

a)    Se acojan a un programa público de avales financieros directos que cubra al menos el 50% del valor nominal del préstamo. 
b)    Aporte un aval otorgado por una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR) de ámbito nacional o regional que cubra el 100% del valor nominal del préstamo, siempre que dicho aval cuente a su vez con un reaval de la Compañía Española de Reafianzamiento, S.A. (CERSA) de, al menos, el 50% del importe avalado.
c)    Aporte un aval otorgado por una entidad financiera privada sujeta a regulación prudencial que cubra, al menos, el 75% del valor nominal del préstamo, siempre que el avalista cuente con una calificación crediticia oficial en vigor de grado de inversión, emitida por una agencia de calificación acreditada por la ESMA.

¿QUÉ SE FINANCIA?

Los gastos e inversiones que pueden incluirse en una solicitud de inversión se desglosan en la plataforma en los siguientes conceptos:

  • Proyecto de inversión. Terrenos, edificios e inmuebles, instalaciones, equipamiento informático y maquinaria vinculados a la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de uno existente, la diversificación de la producción o un cambio esencial del proceso productivo. Los activos materiales deberán adquirirse después de presentar la solicitud. También podrán incluirse los costes salariales estimados relativos al empleo creado directamente por el proyecto, calculados durante un periodo de dos años. Este bloque solo podrá generar TNR en operaciones de inversión con un plazo de amortización superior a cinco años.

  • Otros elementos de activo fijo. Mobiliario y elementos de transporte afectos a la explotación. No será financiable la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera ni la de estos elementos cuando el objeto social de la empresa solicitante sea su arrendamiento.

  • Participaciones / acciones propias. Adquisición de participaciones empresariales para ampliar la capacidad productiva, mejorar las condiciones de acceso a la financiación, asegurar el suministro de insumos clave o facilitar el relevo generacional de una empresa familiar. También podrá financiarse la adquisición de acciones propias por empresas familiares, dentro de los límites legales aplicables.

  • Elementos intangibles (de activo o gastos de explotación). Gastos de investigación y desarrollo, propiedad industrial e intelectual, patentes, marcas y diseños originales, derechos de traspaso, bases de datos, software y algoritmos, así como gastos vinculados a la prospección de nuevos mercados o productos, la formación de empleados, la cultura de la empresa y los sistemas de gestión e informes. Los gastos de imagen y marca deberán estar vinculados a la creación, desarrollo o mantenimiento de activos intangibles y no a publicidad ordinaria o a otros gastos corrientes de la actividad exportadora.

  • Capital circulante. Incremento del activo circulante estructural necesario para la expansión de la empresa, derivado de una ampliación de su capacidad productiva o de un incremento sostenido y acreditable de su actividad comercial. Si se solicita también financiación para capital circulante, deberá presentarse una solicitud independiente.

  • Gastos de consultoría y calificación crediticia. Gastos de consultoría externa y de calificación crediticia externa incurridos para solicitar la financiación. El préstamo podrá financiar hasta el 100 % de estos gastos.

  • Servicios en materia de internacionalización de la actividad productiva. Servicios prestados por ICEX España Exportación e Inversiones, contratados después de presentar la solicitud. Podrá reconocerse un tramo no reembolsable equivalente al 50% del gasto incurrido.

  • Participación en ferias comerciales. Costes de alquiler, montaje y gestión del stand de exposición, siempre que los servicios se contraten después de presentar la solicitud. Podrá reconocerse un tramo no reembolsable equivalente al 50 % de estos costes.

  • Gastos vinculados a la financiación. Comisión upfront, gastos de estudio, comisión de apertura y conceptos similares cargados por una entidad de depósito o una Sociedad de Garantía Recíproca en relación con la operación.

Con carácter general, los gastos o inversiones podrán haberse adquirido o, en su caso, iniciado hasta 12 meses antes de la solicitud. 

CARACTERÍSTICAS DE LOS PRÉSTAMOS

El préstamo podrá financiar hasta el 80% del valor de la inversión, hasta el 100% del importe solicitado para capital circulante, y hasta el 100% de los gastos de consultoría y calificación crediticia necesarios para solicitar la financiación.

Se aplicará a la financiación el siguiente tipo de interés, según el caso:

  • Con carácter general, el tipo de interés de mercado será el Euríbor a un año, con un límite inferior del 0%, más un margen por riesgo de crédito del 1,75%.

  • Cuando exista una garantía admisible, el margen podrá ser inferior conforme al porcentaje de cobertura y a las condiciones previstas en el DCG. 

  • En operaciones con aval de una SGR por el 100% y reaval público mínimo del 50%, el tipo de mercado se determinará conforme al convenio bilateral suscrito entre el ICO y la SGR. Si la operación ha sido originada por la SGR y comunicada al ICO, podrá aplicarse una reducción de hasta 25 puntos básicos. 

  • En operaciones bilaterales con aval parcial de una SGR, el tipo de interés de mercado será la suma del Euríbor a un año, con límite inferior del 0%, y un margen calculado como media ponderada del margen general del 1,75% y del margen previsto en el convenio suscrito con la SGR correspondiente, en función de los porcentajes del principal no avalado y del principal efectivamente avalado. Sobre el tipo de interés de mercado resultante se aplicará la bonificación de hasta 100 puntos básicos.

El tipo de interés se revisará anualmente. Los intereses se liquidarán mensualmente, el día 15 de cada mes. 

En operaciones de inversión, el plazo de amortización será de hasta 10 años, con una carencia de principal de hasta 2 años. 

En operaciones de capital circulante, el plazo será de hasta 5 años, con una carencia máxima de 1 año. 

TRAMO NO REEMBOLSABLE (TNR)

Los préstamos destinados a inversión con un plazo de amortización superior a cinco años podrán incorporar un tramo no reembolsable (TNR), con un importe máximo equivalente al menor de 200.000 euros y el 30% del valor nominal de la operación. El TNR se aplicará a amortizar anticipadamente las últimas cuotas del préstamo, previa acreditación de los gastos e inversiones elegibles.

Podrán generar TNR:

  • Inversiones materiales. Activos materiales adquiridos después de la solicitud para crear un establecimiento, ampliar uno existente, diversificar su producción o modificar sustancialmente su proceso productivo, junto con los costes salariales estimados relativos al empleo creado directamente por el proyecto, calculados durante dos años. Con cargo al TNR se podrá financiar el 10% del gasto incurrido en empresas medianas y el 20% en microempresas, con los límites generales establecidos en el DCG.

  • Internacionalización y ferias. El 50% de los servicios de internacionalización prestados por ICEX y el 50% de los costes de alquiler, montaje y gestión del stand en ferias comerciales, cuando se contraten después de la solicitud.

  • Comisiones. La comisión de apertura, de estudio o similar cargada por una entidad de depósito o una SGR, y la comisión de aval upfront conforme a la fórmula prevista en el DCG: 0,5% + (0,4% × T), multiplicada por el importe finalmente avalado, siendo T el plazo de vencimiento en años.