CURSO PRIVADO ZANOTTI
A cada trabajador para que reciba una
formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia
preventiva.
Facilitar el cumplimiento de lo
establecido en el art.19 de la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales.
Cumplir con la formación mínima
obligatoria en materia de prevención de riesgos laborales, según el Convenio
Estatal del Metal, para el personal en su oficio
específico.
Y potenciar la cultura preventiva en los
lugares de trabajo.
PARTE
ESPECÍFICA:
La
formación preventiva para los trabajos de soldadura y oxicorte incidirá, entre
otros, en los siguientes riesgos y en sus correspondientes medidas
preventivas:
Definición
de los trabajos.
Descripción
de los procedimientos y procesos seguros del trabajo del puesto de
trabajo.
Técnicas
preventivas específicas.
Aplicación
del plan de seguridad y salud en la tarea concreta. Evaluación e información
específica de riesgos.
Riesgos
específicos y medidas preventivas.
Protecciones
colectivas (colocación, usos y obligaciones y
mantenimiento).
Protecciones
individuales (colocación, usos y obligaciones y
mantenimiento).
Medios
auxiliares, equipos y herramientas.
Riesgos
derivados del uso de los medios auxiliares, equipos y herramientas empleados en
la actividad del oficio.
Riesgos
de caídas de objetos pesados. Riesgo de golpes contra objetos.
Riegos
de incendio. Riesgos de quemaduras. Riesgos por inhalación de humos y gases
procedentes de la soldadura.
Riesgos
de explosión en la soldadura oxiacetilénica y corte por
gas.
Riesgos
en piel y ojos por exposición a la radiación. Estrés
térmico
Riesgos
en atmósferas explosivas. Riesgos de contactos eléctricos.
Riesgos
derivados de la manipulación manual de cargas. Mantenimiento del equipo de
soldadura.
Nº DE REGISTRO DE
ENTIDAD ACREDITADA: M1109170022