Cambios en la Ley de Vehículos a Motor: cómo afectan a tu seguro, también en tu empresa

Noticia Público 08/10/2025 2 144
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La nueva definición de vehículos a motor recoge a la maquinaria que supere una velocidad máxima de fabricación de 25 Km/h o que alcance más de 14 Km/h y su peso neto máximo supere los 25 kg

El pasado 26 de julio de 2025 entró en vigor la reforma de la Ley de Vehículos a Motor (Ley 5/2025, de 24 de julio) para adaptarla a los nuevos modelos de movilidad y reforzar la protección del usuario.

Entre las novedades más destacadas está la ampliación de qué se entiende por “vehículo a motor” y el incremento de las coberturas mínimas que debe ofrecer cualquier seguro obligatorio.

Aunque la mayor parte de los cambios ya están activos, hay un aspecto que tendrá aplicación más adelante: la obligación de asegurar los vehículos personales ligeros —como patinetes eléctricos o ciertos vehículos de movilidad personal (VMP)— empezará el 2 de enero de 2026, salvo que el Gobierno adelante la fecha por vía reglamentaria.

Novedades clave de la reforma

  • Nuevos vehículos obligados a asegurar: Patinetes eléctricos, determinados vehículos autónomos y otros VMP pasan a estar dentro de la definición legal de “vehículo a motor”, siempre que cumplan requisitos técnicos concretos.
  • Coberturas más altas: Se elevan notablemente los límites de indemnización por daños personales y materiales, asegurando compensaciones más justas en caso de accidente grave.
     
  • Vehículos en terrenos privados: En algunos casos será obligatorio contratar un seguro incluso para vehículos que solo circulen en espacios privados si su uso implica un riesgo.
     
  • Responsabilidad en vehículos autónomos: Se introducen criterios claros para repartir la responsabilidad entre conductor y fabricante en siniestros que involucren sistemas avanzados de asistencia o conducción autónoma.
     
  • Plazos más cortos: Los procedimientos de reclamación se simplifican y las aseguradoras deberán responder en menos tiempo.

Movilidad en puertos y aeropuertos: nueva obligación de cobertura

Uno de los cambios más relevantes, y menos comentados hasta ahora, es su impacto en puertos y aeropuertos. Desde el 26 de julio de 2025, todo vehículo a motor que circule por cualquier espacio terrestre de un puerto o aeropuerto —sea zona restringida o no— queda cubierto por el seguro obligatorio suscrito para ese vehículo.

Esto significa que, si tu empresa o actividad utiliza vehículos en estas áreas, el seguro obligatorio de circulación será válido también en recintos donde antes no estaba claro su alcance.

La excepción: vehículos en zonas de acceso restringido

Existe una excepción para vehículos a motor utilizados exclusivamente en zonas de acceso restringido donde no aplica la normativa general de tráfico.

En estos casos:

  • No es obligatorio contratar el seguro obligatorio estándar.
  • Sí es obligatorio disponer de un seguro, aval o garantía financiera específica que cubra la responsabilidad civil frente a terceros.
  • Los límites mínimos de cobertura son:
    • 70 millones de euros por siniestro para daños personales (independientemente del número de víctimas).
    • 15 millones de euros por siniestro para daños materiales.
  • Este seguro debe ser exclusivo de responsabilidad civil, sin franquicias ni sublímites.
  • Es posible que un único contrato incluya todos los vehículos que operen solo en dichas zonas (pendiente de confirmación reglamentaria).

Implicaciones para particulares y empresas

Particulares: Si tienes un vehículo que antes no necesitaba seguro, como un patinete eléctrico, revisa si ahora entra en la obligación.

Empresas: Sectores como logística, transporte, servicios en puertos o aeropuertos, y operadores de maquinaria con motor, deben revisar si la nueva normativa les obliga a ampliar o modificar sus pólizas.

Con el objetivo de que estés cubierto, evites sanciones y optimices tu inversión en seguros, nuestra correduria de referencia, Quality Brokers, te ayudará en la adaptación a la nueva normativa, analizando tu situación y recomendándote la solución más eficiente para cumplir la ley sin pagar de más, para que ningún vehículo —en carretera, espacios privados, puertos o aeropuertos— quede sin la protección obligatoria.

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