Ayudas para las entidades consumidoras electrointensivas

Ayudas P煤blico 22/04/2025 3 80
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Solicitudes del 21 de abril hasta el 19 de mayo 2025

 OBJETIVO

Compensar la financiación de apoyo para la producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, coogeneración de alta eficiencia y compensación del extracoste en los territorios no peninsulares incluidos en los cargos soportados por estos consumidores en el año 2024.Se puede optar a mecanismos de compensación que tienen como finalidad mitigar el riesgo que asumen los consumidores electrointensivos en razón de la intensidad de su uso de electricidad y su exposición al comercio internacional hasta un máximo del 85 % de los costes imputables.

  

REQUISITOS BÁSICOS

Para ser considerado consumidor electrointensivo es necesario darse de alta en el registro correspondiente y obtener el certificado (se realiza para cada punto de suministro). Para ello, de entrada es necesario:

  • haber realizado consumo de electricidad de 1 GWh/año (en al menos 2 de los 3 últimos años) y además, casi la mitad de lo consumido (el 46%) debe ser en horas valle.
  • por otra parte, el cociente entre el consumo anual y el valor añadido bruto (VAB), que debe ser superior a 0,67 kWh/€, durante 2 de los 3 años anteriores. El VAB sería la diferencia entre la producción valorada a precios básicos (sin impuestos) y los consumos intermedios valorados a precios de adquisición.

  

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Empresas privadas titulares de un punto de suministro o instalación, cualquiera que sea su forma jurídica, y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Realizar en cada una de las instalaciones o puntos de suministro para los que solicite la subvención una o varias actividades en los sectores enumerados en el Anexo I de la Orden de convocatoria referida arriba, bajo los códigos CNAE relacionados.
  • Estar en posesión del certificado de consumidor electrointensivo.
  • Estar válidamente constituidas conforme a la normativa en vigor en el momento de presentar la solicitud.
  • Acreditar haber soportado los cargos en los precios del suministro de electricidad correspondientes al año 2024.
  • Cumplir las obligaciones recogidas en los apartados segundo y tercero de la Orden de convocatoria referida más abajo.

 

CARACTERÍSTICAS DE LA AYUDA

Subvención en régimen de concurrencia competitiva hasta el 85 % para las actividades en sectores en riesgo significativoy hasta el 75 % para las actividades en sectores en riesgo, del coste subvencionable (cargos directamente facturados desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2024, relacionados con el consumo de energía eléctrica destinado a las actividades incluidas en el anexo I de la convocatoria adjunta), conforme lo especificado en el Apartado Sexto de la Orden de convocatoria.

Ayuda compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que tengan como objetivo la compensación de los costes relacionados con las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidos en los precios de la electricidad repercutidos en los precios de la electricidad, procedentes de cualesquiera otras Administraciones Públicas o de la Unión Europea, siempre que no supere el importe máximo de la ayuda.

 

Si necesitas más información no dudes en escribir a: valmetal@valmetal.es