- ¿Que información deben exhibir al público los talleres de reparación de automóviles?
Los talleres deben tener en un lugar fácilmente visible de la fachada del edificio la placa-distintivo del taller en la que sólo se incluyen los símbolos de las actividades para las que esté autorizado por Consellería de Industria así como la placa horario.
Deben mostrar copia de la licencia de actividad y copia del registro industrial del taller
Información sobre los precios aplicables por hora de trabajo y por servicios concretos. Igualmente se exhibirán los precios de otros servicios, tales como aquellos que se realicen fuera de la jornada normal de trabajo del taller, por servicios móviles propios, o gastos diarios por estancia.
Leyendas que especifiquen (Toda esta cartelería se falicita a las empresas asociadas):
- Todo usuario o quien actúe en su nombre tiene derecho a presupuesto escrito de las reparaciones o servicios que solicite».
- El usuario sólo quedará obligado al pago por la elaboración del presupuesto, en la cantidad que reglamentariamente se determine.
- Todas las reparaciones o instalaciones están garantizadas por tres meses o 2.000 kilómetros (excepto vehículos industriales en que el plazo será de quince días), en las condiciones especificadas en el art. 16 del Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios de los talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipos y componentes».
Deben disponer de Hojas de Reclamaciones a disposición del cliente (se adquieren en las oficinas de atención al consumidor).
Los talleres oficiales de marca tendrán, además, a disposición del público en todo momento los catálogos y tarifas, actualizados, de las piezas que utilicen en sus reparaciones; también tendrán a disposición del público las tablas de tiempos de trabajos, y su sistema de valoración en pesetas, para aquellas operaciones susceptibles de determinación previa, que serán facilitadas a estos talleres por el fabricante nacional o el representante legal del fabricante extranjero.
Todo ello está regulado por el Real Decreto 455/2010, de 16 de abril, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes.
- ¿Se puede cobrar gastos de estancia?
Si. Según el articulo 15 punto 12 del Real decreto de Talleres 455/2010. No hay precios ni máximos ni minimos establecidos por ley. Se puede cobrar de lunes a domingo, inlcuidos los festivos.
- ¿Se puede cobrar gastos por la gestión global de los residuos?
Si. No hay ninguna normativa que indique lo contrario. No hay precios ni máximos ni minimos establecidos por ley.
- ¿Puede el taller pedir anticipo económico para llevar a cabo la reparación?
Sí, para fraccionar el pago de la reparación o para la adquisición de ciertas piezas necesarias para llevar a cabo la reparación.
- ¿Puede el cliente pagar a plazos la reparación?
Si el taller lo acepta sí. No obstante y de mutuo acuerdo el taller puede aceptar el pago con tarjeta, cheque e incluso la fórmula de pago aplazado en los meses acordados, pero debe ser siempre de mutuo acuerdo.
- ¿Qué requisitos debe cumplir la factura?
Una vez reparada la avería, se ha de entregar al cliente factura escrita, firmada y sellada, en la que se especifiquen las operaciones realizadas, las piezas o elementos utilizados y las horas de trabajo empleadas, señalando para cada concepto su importe. El taller está obligado a entregar las piezas sustituidas, salvo que el cliente renuncie expresamente a ello.
- ¿Es legal tener cartel "la empresa no se hace responsable de los objetos depositados en los vehículos?
No. Se debe advertir al cliente que vacien el vehículo y no guarde nada en ellos.
- ¿Existe algún modelo oficial de libro de registro para la gestión de residuos? ¿Debe estar diligenciado?
En cuanto a residuos peligrosos NO existe ningún modelo oficial de libro de registro, ni ha de estar diligenciado. Los datos que deben constar en el registro: origen de los residuos, indicando si proceden de generación propia o de importación, cantidad, naturaleza y código de identificación de los residuos, fecha de cesión de los mismos, fecha y descripción de los pretratamientos realizados, en su caso. Fecha de inicio y finalización del almacenamiento temporal, en su caso. Fecha y número de la partida arancelaria en caso de importación. Fecha y descripción de las operaciones de tratamiento y eliminación en caso de productor autorizado a realizar operaciones de gestión "in situ".
FEVAUTO facilita a sus asociados un modelo de libro tanto para residuos peligrosos y para neumáticos fuera de uso.